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P
PASIVO: Conjunto de deudas con terceras personas que tiene una empresa en un momento dado.
Para los efectos de su presentación en el Balance Contable, los pasivos se clasifican de la siguiente manera:
PASIVO: Se sitúa en la parte derecha del balance, presenta los recursos de la empresa y específica el origen de los fondos que financian el activo. Los principales elementos del pasivo son los créditos y otras obligaciones contraidas, las r eservas, las provisiones, el capital social y las utilidades (o pérdidas) de la empresa. 
PASIVO A LARGO PLAZO: Son obligaciones de la empresa que serán liquidadas en plazos superiores a un año a partir de la fecha de los estados financieros. 
PASIVO CIRCULANTE TOTAL: Obligaciones contraídas por la empresa que serán liquidadas dentro del plazo de un año a contar de la fecha de los estados financieros. 
PASIVO EXIGIBLE: representa deudas con personas naturales o jurídicas distintas de los dueños de la empresa. Restos a su vez se clasifican de acuerdo con el plazo de su vencimiento en pasivos exigidos de corto, mediano y largo plazo.
PASIVO NO EXIGIBLE: representa las deudas que tiene la empresa respecto de sus dueños, en cuanto constituye una persona jurídica distinta de las personas naturales o jurídicas que son sus propietarios. En esta clasificación se incluye el capital o patrimonio, las reservas y las utilidades.
PASIVO TOTAL: Representa la suma de los rubros de pasivos, capital y reservas de la empresa. 
PATENTE: Derechos legales para explotar en forma exclusiva un nuevo invento, tecnología o proceso productivo, que se concede a una persona natural o jurídica por un periodo determinado de tiempo. La patente normalmente queda inscrita en un registro de patentes y su duración comienza en el momento de la inscripción. Las patentes constituyen una protección a quiénes realizan nuevos descubrimientos en la medida que les permite gozar de sus beneficios. Ellas pueden afectar la cantidad y dirección de los nuevos inventos. No obstante, a veces se transforman en un factor que posibilita la creación de nuevos monopolios.
PATRIMONIO: Es el valor líquido del total de los bienes de una persona o una empresa. Contablemente es la diferencia entre los activos de una persona, sea natural o jurídica. Y los pasivos contraídos son terceros. Equivale a la riqueza neta de la sociedad.
PATRIMONIO TOTAL: Corresponde al capital y reservas de los accionistas de la empresa, y está representado por las siguientes cuentas: capital efectivamente pagado a la fecha del balance; reservas de revalorización; mayor valor obtenido en la colocació n de acciones de pago respecto del valor nominal; reserva legal; pérdidas generadas en ejercicios anteriores y no absorbidas a la fecha del balance (menos); utilidad del ejercicio. 
PER-CAPITA: Por habitante _ Resulta de dividir un agregado entre la población TOTAL.
PERIODO FISCAL: Periodo de 12 meses respecto al cual se da la información económica de las actividades de la empresa.
PLAN UNICO DE CUENTAS (PUC): Es un instrumento concebido para armonizar y unificar el sistema contable de todas las empresas del sector real, a través del cual, será posible mejorar la calidad, la transparencia y comparabilidad de la información contable.
PRECIOS CONSTANTES: Esta expresión admite dos interpretaciones: una, como el resultado de la eliminación de los cambios de precio de una variable a partir de un período tomado como base y, otra, como el cálculo de la capacidad adquisitiva de algún valor monetario en términos de un conjunto de bienes y servicios.
PRECIOS CORRIENTES: Conjunto de precios que incluyen el efecto de la inflación.
PRECIO FUTURO: Es el precio en el cual se negocia un determinado activo en el mercado de futuro. 
PRECIO SPOT: Es el precio en el cual se negocia un determinado activo en el mercado contado o mercado físico. 
PRIMA: Porcentaje que cobra el asegurador por el valor de los artículos que asegura. 
PRIME: Intereses cargados por los bancos de los Estados Unidos a sus mejores clientes sobre los préstamos considerados más seguros desde el punto de vista crediticio. Se diferencia de la LIBOR, porque aunque a veces también es aplicada transacciones interbancarias, es básicamente una tasa para clientes. Además, que es una tasa establecida por propia decisión de cada banco individualmente.
PRIME RATE: En Estados Unidos, es la tasa aplicada por los bancos a los créditos a corto plazo concedidos a los clientes de primera fila. 
PRODUCCIÓN REAL: Aquella que se calcula en forma monetaria tomando como base los precios de un período o un año, y refleja el incremento físico real de la producción una vez eliminada la variación o fluctuación de los precios. Generalmente, se utilizan los índices de precios para deflactar la producción nominal y volverla en términos reales, o a precios constantes.
PRODUCTO INTERNO BRUTO (PIB): Es el total de bienes y servicios producidos en un país durante un periodo de tiempo determinado. Incluye la producción generada por nacionales residentes en el país y por extranjeros residentes en el país, y excluye la producción de nacionales residentes en el exterior.
PRODUCTO INTERNO BRUTO (PIB): Valor total de la producción corriente de bienes y servicios finales dentro del territorio nacional durante un cierto período de tiempo, que por lo común es un trimestre o un año. El término "producción corriente" significa que no se cuenta la reventa de artículos que se produjeron en un período anterior. Los "bienes finales" excluyen el valor de las materias primas y los bienes intermedios que se utilizan como insumos para la producción de otros bienes. Generalmente, este valor es expresado en una unidad monetaria.
PIB PER-CÁPITA: Valor total de la producción corriente de bienes y servicios finales dentro del territorio nacional durante un cierto período de tiempo, dividido por el valor de la población total. El producto per cápita es un promedio alrededor del cual pueden encontrarse más o menos dispersos los ingresos de los habitantes. Además, es una medida de actividad económica que se eleva si el PIB crece más rápidamente que la población total.
PIB p.c. = (PIB/PT)
PRODUCTO NACIONAL BRUTO: Medida del flujo total de bienes y servicios generados por una economía mediante la utilización de factores productivos de propietarios de residentes en el País, aunque dichos factores estén fuera del territorio nacional. A diferencia del producto geográfico bruto que pone el acento en la producción generada dentro del País, el PNB mide la producción generada por los factores productivos de propiedad de residentes del País. Por lo tanto, es equivalente al PGB + los ingresos netos por factores de producción recibidos del extranjero. En su contabilización se excluyen las transferencias entre factores, además de los bienes intermedios, pues estos últimos ya están incluidos en los bienes y servicios finales. Cuando al producto nacional bruto se le deduce la inversión de reemplazo realizada para reponer los bienes de capital que van quedando obsoletos y que se deterioran, se obtiene al producto nacional neto. El PNB es equivalente al gasto del producto nacional bruto cuando los cálculos se realizan en moneda de cada año. Si dichos cálculos se hacen en moneda de un año fijo ambos conceptos difieren por el ajuste en la variación de la relación de intercambio (cuentas nacionales).
PRODUCTO NACIONAL BRUTO REAL: El PNB Nominal corregido para tener en cuenta la inflación. Es igual al PNB Nominal Reducido exactamente en la cantidad suficiente para compensar las subidas experimentadas por lo precios desde el año base. Así pues, un aumento del PNB Real indica el aumento del volumen físico producción de ese periodo y excluye la subida de los precios.
PROVISIÓN: Suma conservada por la empresa con vistas a cubrir una carga o una pérdida eventual. 

Q
QUE, COMO Y PARA QUIEN: Los tres problemas fundamentales de la organización económica. El qué es el problema de qué cantidad d de cada bien y servicio posible producirá la sociedad con su cantidad limitada de recursos o factores. El cómo es la elección de la técnica específica - la combinación de los factores- mediante la cual se producirá cada bien de qué. Para quién se refiere a la distribución de los bienes de consumo entre los miembros de esa sociedad.
QUESNAY, FRANCOIS (1694 - 1774): Ver FISIOCRATAS.
QUIEBRA: Situación jurídica en que se encuentra un comerciante cuando cesa o suspende sus pagos, teniendo por objeto tal estado jurídico, obtener la liquidación el activo dl quebrado y la distribución equitativa del ,mismo entre sus acreedores, según la graduación que le corresponda por el carácter de sus créditos , y hasta por el importe total de los mimos, si fuese posible.

R
RAZÓN ÁCIDA: Indica la cobertura de los pasivos de corto plazo con activos de fácil realización. 
RAZÓN DE ENDEUDAMIENTO: Indicador que tiene por objeto medir en qué grado y de qué forma participan los acreedores dentro del financiamiento de la empresa. Se define como el total de los pasivos sobre el total de los activos.
REASEGURO: Operación por la que el asegurado se asegura a su vez contra los riesgos que acaba de contraer. 
REFINANCIACIÓN: Operación consistente, para los bancos comerciales, en procurar liquideces en otros bancos u otros organismos que reciben ahorro. 
REGALÍA: Compensación por el uso de la propiedad ajena basada sobre un porcentaje acordado de los ingresos resultantes de su uso. Por ejemplo, un fabricante por el uso de su maquinaria en la fábrica de otra persona. Generalmente, las regalías se asocian con la actividad extractiva, más especialmente con la actividad petrolera.
REINTEGROS DE EXPORTACIÓN: Operación en la que el exportador le entrega al Banco de la República a través del sistema financiero las divisas que obtiene de la exportación. Las autoridades fijan las condiciones generales para el reintegro.
REPOS: Acuerdo o contrato de compra venta de títulos mediante el cual el comprador adquiere la obligación de transferir nuevamente al vendedor inicial la propiedad de los títulos negociados ya sean los mismos u otros de la misma especie, dentro de un plazo y bajo las condiciones fijadas de antemano en el negocio inicial. Es un vehículo para un crédito a corto plazo, en el cual la propiedad del título es temporalmente trasladada a quien recibe el crédito. Este mecanismo es usado por el Banco de la República para el manejo de la base monetaria en el corto plazo.
RESERVAS INTERNACIONALES BRUTAS: Son los activos externos a disposición de las autoridades monetarias para financiar o regular los desequilibrios de la Balanza de Pagos. Incluye, principalmente, el oro monetario, los Derechos Especiales de Giro (DEG), la posición en reserva ante el Fondo Monetario Internacional y el uso del crédito de esta institución (si lo hubiere), las divisas convertibles en caja, depósitos e inversiones del Banco Central en activos extranjeros y las partidas de aportes a instituciones monetarias internacionales
RESERVAS INTERNACIONALES NETAS AJUSTADAS: Son sólo los activos externos de Colombia en poder del Banco de la República, calculados bajo el concepto contable de caja.
RESERVAS INTERNACIONALES NETAS NO AJUSTADAS: Equivalen a las reservas internacionales brutas descontando los pasivos de corto plazo del Banco de la República.
RESULTADO ANTES DE IMPUESTO DE RENTA: Es la suma de los resultados operacional y no operacional. 
RESULTADO NO OPERACIONAL: Constituido por aquellas partidas que por convención se definen desligadas de la operación del negocio propiamente tal. 
Este resultado incluye ingresos y costos fuera de la explotación y además la corrección monetaria. 
RESULTADO OPERACIONAL: Constituido por el agregado de aquellas partidas relativas a la operación del negocio y que incluye los ingresos y costos de explotación y los gastos de administración y ventas. 
ROYALTY: Pagos de una persona o sociedad al propietario o al creador de una obra original por el derecho a explotarla comercialmente.

S
SEGURO: Función económica cuya finalidad es permitir la indemnización de los daños causados o sufridos por bienes y personas mediante la aceptación de un conjunto de riesgos y su compensación. 
SECTOR PÚBLICO DESCENTRALIZADO: Componente del Sector Público No Financiero, en la que se encuentran las empresas públicas industriales y comerciales, del orden nacional y local (ISS, Carbocol, ECOPETROL, EPM, ETB, EEB, etc.), y los departamentos y municipios.
SECTOR PÚBLICO NO FINANCIERO: Clasificación del Sector Público de un país que incluye al Gobierno Central y al Sector Público Descentralizado.
SOCIEDADES FILIALES: En general, sociedades cuyo capital social es propiedad en más de un 50% de otra empresa, llamada "matriz". En el ámbito bancario, sociedades anónimas abiertas o cerradas o de responsabilidad limitada cuyo giro complementa el negocio de los bancos. Incluyen intermediadoras de valores, administradoras de fondos mutuos, administradoras de fondos de inversión, compañías de leasing, asesorías financieras y administradoras de fondos de vivienda. 
SUPERÁVIT FISCAL: Es el exceso de los ingresos sobre los egresos, ya sea, del sector público consolidado, del gobierno central o del sector público no financiero.
SWAPS: Contrato privado en que las partes se comprometen a intercambiar flujos financieros en fechas posteriores, las que deben quedar especificadas al momento de la celebración del contrato. 
El Swap o permuta financiera es un instrumento utilizado para reducir el costo y el riesgo de financiamiento, o para superar las barreras de los mercados financieros. 
SWAPS DE MODENAS: En los swaps de monedas las partes involucradas se comprometen a intercambiar flujos financieros en dos monedas diferentes, considerándose a la moneda corriente nacional como una moneda más. 
Las empresas bancarias que sean vendedoras de moneda extranjera a través de estos contratos y que a su vencimiento deban ponerla a disposición del comprador (quién las pagará en moneda corriente nacional) sólo perfecciona n la venta si se les acredita que la moneda extranjera se destinará a cubrir en esa misma fecha una obligación de pago al exterior a través del mercado cambiario formal. No se requiere el cumplimiento de esta condición cuando la o peración involucra sólo monedas extranjeras. 
SWAPS TASA DE INTERÉS: Contrato financiero entre dos partes que desean un intercambio de intereses derivados de pagos o cobros de obligaciones que se encuentran en activos a diferentes bases (tipo fijo o flotante) sin existir traspaso del principal y operando en la misma moneda.

T
TABLA DE DESARROLLO: Cuadro numérico que para cada serie de un instrumento financiero detalla la secuencia y el valor a pagar en cada cupón por concepto de intereses y amortización de capital. 
TASA BÁSICA DE LA SUPERINTENDENCIA BANCARIA (TBS): Promedio ponderado de las operaciones diarias de los Certificados de Ahorro a Término con plazo de vencimiento hasta de 30 días y, los Certificados de Depósito a Término con plazo de vencimiento a partir de 30 días hasta 360 días o más. Esta tasa se calcula a partir de las transacciones realizadas con estos títulos por los bancos, corporaciones financieras, corporaciones de ahorro y vivienda y compañías de financiamiento comercial. Se calculan en la actualidad dos tipos de TBS, la TBS móvil y la TBS por grupo de intermediario financiero.
TASA DE COMPRA: La tasa de interés implícita en el precio de compra, esto es, la tasa interna de retorno. 
TASA DE INTERÉS: Precio de la remuneración de un capital prestado o recibido en préstamo. Es el precio de la renuncia a la liquidez del ahorro. 
TASA DE INTERÉS DE CAPTACIÓN: Tasa de Interés que paga el intermediario financiero a los individuos que depositan sus recursos en dicha entidad. También se conoce como tasa de interés pasiva.
TASA DE INTERÉS DE COLOCACIÓN: Tasa de Interés que cobra el intermediario financiero a los demandantes de crédito por los préstamos otorgados. Esta tasa de interés también es conocida como tasa de interés activa.
TASA DE INTERÉS INTERBANCARIA: Es el precio de las operaciones realizadas en moneda doméstica por los intermediarios financieros para solucionar problemas de liquidez de muy corto plazo. Dicha tasa de interés se pacta para operaciones de un día y es calculada como un promedio ponderado entre montos (de captación y colocación) y tasas reportadas por las entidades financieras.
TASA DE CAMBIO REPRESENTATIVA DEL MERCADO (TRM): Mide el precio relativo de dos monedas: es decir, expresa la cantidad de unidades monetarias que es necesario entregar para obtener una unidad monetaria externa. La TRM es un promedio aritmético simple de las tasas ponderadas de las operaciones de compra y venta de divisas efectuadas en los bancos comerciales y corporaciones financieras en las ciudades de Bogotá, Cali, Medellín y Barranquilla.
TASA DE DESEMPLEO: Se define como la razón entre la población desocupada y la población económicamente activa. Se determina de la siguiente forma: TD= (D/PEA)*100
TASA INTERNA DE RETORNO ( T.I.R.): Tasa que iguala los flujos de ingresos y egresos futuros de una inversión. Corresponde a la rentabilidad que obtendría un inversionista de mantener el instrumento financiero hasta su extinción, bajo el supuesto que reinvierte los flu jos de ingresos a la misma tasa. 
TASA DE OCUPACIÓN: Es el porcentaje de la población ocupada como proporción de la población en edad de trabajar. Esta relación, es un indicador del tamaño relativo de la demanda laboral en la economía. La tasa de ocupación se calcula así: TO= (O/PET)*100.
TASA GLOBAL DE PARTICIPACIÓN (TGP): Indicador de empleo que se construye para cuantificar el tamaño relativo de la fuerza de trabajo. En él se compara la población económicamente activa y la población en edad de trabajar. Se define de la siguiente manera: TGP= (PEA/PET)*100
TARIFA: Sinónimo de precio. En un sentido restringido, se usa para referirse al precio de los bienes o servicios de consumo colectivos, que son fijados unilateralmente por el oferente, sea o no con la participación de la autoridad.
Sinónimo de Arancel o de derecho aduanero. En esta acepción corresponde al impuesto que debe pagarse por la importación de un bien en el momento de su internación.
TBS: Es la nueva tasa de interés básica en Colombia, creada a partir de Abril de 1995, cumple las funciones que la LIBOR del mercado Inglés, pero para el caso Colombiano.- La diferencia que tiene con la DTF es que esta mide el promedio de captaciones de los CDT por parte de los bancos y corporaciones financieras, en tanto que la TBS medirá solamente las captaciones de los bancos y de ahí se sacará el rendimiento que dan las otras entidades.- ahora, mientras la DTF solo mide depósitos a 90, 180 y 360 días, la TBS tiene varias opciones desde 7 hasta 365 días.
TCC (TASA DE INTERES TCC): Es una tasa de interés básica para Colombia. Similar al DTF que se calcula con base en el promedio de las tasa de interés, para los Depósitos a termino fijo, en los últimos 90
TÍTULO: Acción. Documento que representa un derecho en una sociedad. 
TÍTULOS DE PARTICIPACIÓN: Títulos emitidos por el Banco de la República al mercado, denominados en pesos que tienen un rendimiento semejante al que tienen otros títulos en el sistema financiero. Es importante resaltar, que dichos valores pueden ser adquiridos por todos los agentes económicos. Sin embargo, cuando los adquiere el gobierno se debe a un acuerdo entre éste y el Banco de la República. Por el contrario, la colocación de los títulos entre el público y el sistema financiero se hace a través de operaciones de mercado abierto y no mediante convenios. Los Títulos de Participación se constituyen el principal instrumento de contracción monetaria.
TÍTULOS DE TESORERÍA (TES): Los títulos de tesorería creados en la ley 51 de 1990 son títulos de deuda pública interna emitidos por el Gobierno Nacional. Existen dos clases de títulos : clase A y clase B. Los primeros fueron emitidos con el objeto de sustituir la deuda contraída en las operaciones de mercado abierto realizadas por el Banco de la República. Los segundos se emiten para obtener recursos para apropiaciones presupuestales y efectuar operaciones temporales de la Tesorería del Gobierno Nacional. En la actualidad solamente se emiten los títulos de clase B. El plazo se determina de acuerdo con las necesidades de regulación del mercado monetario y de los requerimientos presupuestales o de tesorería, y fluctúa entre 1 y 7 años. El rendimiento de los títulos lo determina el Gobierno Nacional de acuerdo con las tasas del mercado para el día de colocación de los mismo.
TRANSFERENCIA: Renta de destinación específica. Las transferencias en Colombia se extienden a entidades territoriales (Situado Fiscal y Participación de los Municipios en los Ingresos Corrientes de la Nación), para invertir, entre otras cosas, en salud y educación.
TRANSFERENCIA ELECTRÓNICA DE FONDOS: Operación que significa débitos o créditos de dinero en una cuenta, efectuada por medio de dispositivos electrónicos autosuficientes. 
TRANSACCIÓN: Compra o venta de algún instrumento financiero. 

U
UTILIDAD O PERDIDA DEL EJERCICIO: Se obtiene de sustraer el impuesto a la renta del resultado. 
USURA: Tipo de interés pagado por el uso del dinero ajeno superior al establecido por la Ley.
Cobrar un tipo de interés superior al máximo legal sobre los prestamos.
En su acepción moderna se refiere al cobro "abusivo" o "excesivo" de intereses sobre los prestamos, en relación al nivel corriente de las tasa de interés vigentes en el mercado. Según determinadas concepciones éticas vigentes en el pasado, se proclama la injusticia del cobro de cualquier interés, considerándose que constituía una apropiación indebida de ingresos por parte del prestamista.
UPAC: Unidad de Poder Adquisitivo Constante. Ver UVR
UVR: Unidad de Valor Real Constante. Unidad de cuenta que, a partir del primero de enero del 2000, permite realizar operaciones de crédito hipotecario en el largo plazo a través de ajustes de su valor de acuerdo con la capacidad adquisitiva de la moneda legal. Su cálculo se hace s través de la inflación acumulada de los últimos tres meses. Por ejemplo, si la inflación del primer mes es 5%, la del segundo es 3% y la del tercero es 1%, la inflación acumulada de los tres meses es igual a la multiplicación de 1.05*1.03*1.01. Este resultado se mensualiza para sacar la inflación de un mes, y esta es la tasa a la cual crece la UVR entre un día y otro durante el período que se está analizando. Su valor es calculado por el Banco de la República para cada uno de los días del año.

V
VALOR AGREGADO: Suma del valor añadido en los procesos productivos de cada uno de los sectores de la economía.
VALOR CONTABLE: Valor presente del instrumento calculado según su tasa de compra. 
VALOR DE MERCADO: Valor obtenido de transacciones en las bolsas de valores o valor informado mensualmente por la Superintendencia de Bancos para efectos de valorización de la cartera de instrumentos transables en el mercado, según el caso. 
VALOR INTRÍNSECO: Valor de una acción obtenido dividiendo el activo neto de la sociedad por el número de sus acciones. 
VALOR MÓVIL: Título negociable que representa, bien un derecho de asociado (acción), bien un préstamo a largo plazo (obligación). 
VALOR NOMINAL: Corresponde al valor inicial del instrumento emitido. Al tratarse de documentos descontables que no tienen tasa nominal (por ej: PDBC o PRBC), el valor nominal corresponde al valor final. 
VALOR PAR: Corresponde al valor del capital no amortizado de un instrumento financiero, incluidos los correspondientes intereses y reajustes devengados. 
VENTAS DE LADRILLO Y CEMENTO: Serie mensual de las ventas reales. Fuente DANE.

W
WALL STREET: Nombre popular que recibe el distrito de negocios y finanzas de la ciudad de New York.
WWW. Conjuntos de los "sites" del mundo presentes en Internet. También se le llama directamente "web". Abreviación de "World Wide Web". Ej: www.businesscol.com

Z
ZONA LIBRE DE COMERCIO: Es un área formada por dos o más países que de forma inmediata o paulatina suprimen las trabas aduaneras y comerciales entre sí, pero manteniendo cada una frente a terceros su propio arancel de aduanas y su régimen de comercio.
ZONA DE TRANSITO: "Entreport" o "Transit Zona" . es un puerto de entrada a un país costero, establecido para la conversión de un país vecino, que car4ece de facilidades portuarias adecuadas o que no tiene acceso al mar.
ZONA FRANCA: Es un área delimitada del territorio nacional en la cual se ofrecen una serie de incentivos en materia cambiaria, tributaria, aduanera y de comercio exterior, con el propósito de fomentar l industrialización de bienes y servicos orientados prioritariamente a los mercados internacionales.
Las leyes 109 de 195 y 7ª. De 1991 y los decretos 2131 de 1991 y 471 de 1993 sobre el marco legal de las zonas francas.
ZONA LIBRE: Es un área determinada cuyos límites son vigilados por la aduana y está situada o considerada bajo ciertos aspectos en los cuales todas o algunas mercancías son admitidas con exención de derechos e impuestos a la importación y están normalmente sometidas al control de la aduana.

 

 

 

 

 

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